Es la firma que tiene, respecto a los datos consignados en forma electrónica, el mismo valor legal que la firma manuscrita en relación con los consignados en papel.

En todos los países miembros de la UE el marco legal de referencia común es el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, aplicable desde el pasado día 1 de julio. En España, la norma básica es la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, la cual ha ido aplicando diversas modificaciones para adaptarse a la norma europea.

La firma electrónica reconocida, es una firma electrónica avanzada que ha sido creada con un certificado electrónico reconocido, empleando un dispositivo cualificado de creación de firma.

La firma electrónica avanzada debe de garantizar:

  • No repudio.
  • Identidad del firmante.
  • Integridad de los datos firmados.

Requerimientos que tienen un ámbito legal y técnico.

Para un neófito en la materia, es decir para más del 90 % de las personas, todo lo citado se puede resumir en que una firma electrónica puede tener la misma equivalencia legal que la firma manuscrita, pero se tienen que cumplir unos determinados requisitos legales y técnicos. Pretender ir más allá, generalmente ocasiona más confusión que claridad.

La cuestión a plantearse no es cómo se tiene que hacer, o qué instrumentos se tienen que utilizar, sino quién es entidad oficialmente acreditada para dotarnos de esos instrumentos y asumir la responsabilidad legal que conlleva su uso. Lo contrario es correr el riesgo de caer en manos de vendedores de “aceite de serpiente” que apoyándose en el desconocimiento general, buscan su oportunidad de negocio suministrando ingeniosas y sofisticadas soluciones, cuya base legal no va más allá de la mera ilusión que venden. Detectarlos es fácil, su oferta se basa en referenciar quién la utiliza, en lugar de referenciar la norma legal que cumplen y la responsabilidad patrimonial que asumen.

Conscientes de esta situación, el Parlamento Europeo y del Consejo, ha creado la etiqueta de confianza «UE» (RE(UE)2015/806), que permite identificar de manera simple, reconocible y clara los servicios de confianza cualificados, y determinando que solo puede hacer uso de ella los Prestadores Cualificados de los Servicios de Confianza.

La alianza estratégica PAPYRUM & ANF AC ofrece al mercado una solución global con la etiqueta de confianza «UE».

La plataforma web KULTEO de Papyrum garantiza accesibilidad, alta disponibilidad y movilidad sobre cualquier dispositivo. Con ella, los usuarios pueden firmar electrónicamente un documento con total fiabilidad y validez legal, evitándose los cauces tradicionales de impresión, firma y escaneo.